OTORGAN LOS PRIMEROS AMPAROS
EN CONTA DEL DECRETO PRESIDENCIAL QUE PROHIBE IMPORTACION DE VAPEADORES
*”La resolución del juez privilegia la libre
determinación”: Cirión Lee. Se suman elementos para aplicar, eventualmente, la
Declaratoria General de Inconstitucionalidad sobre el decreto
Bajo
el argumento de que no es posible aplicar la ley de manera discriminatoria, el
Juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México
concedió un amparo a dos personas para poder importar y consumir vaporizadores,
por lo que no serán sujetos al decreto que emitió el presidente de la
República, Andrés Manuel López Obrador, el pasado 19 de febrero de 2020 para
prohibir la importación y exportación de dichos dispositivos electrónicos.
Juan
José Cirión Lee, presidente de la organización civil México y el Mundo
Vapeando, explicó que el pasado 22 de octubre se publicó la sentencia que
declara inconstitucional el decreto presidencial referido, concediendo el
amparo a dos promoventes para el efecto de que no se les aplique el decreto y
quedar en la posibilidad de importar los dispositivos que necesiten para uso
personal.
“La
resolución del Juez de Distrito privilegia la libre determinación y la inacción
del gobierno al no regular las alternativas de consumo de nicotina, al no poder
ser prohibidas mientras el cigarro convencional se encuentre permitido”,
explicó el especialista en Derecho.
Y
en efecto, el juez afirmó en su sentencia que los fumadores de tabaco y los
vapeadores se localizan en una situación similar, por lo que el decreto que
prohíbe la importación y exportación de cigarros electrónicos es
discriminatorio.
"Quienes
usan y pretenden importar o exportar el tabaco y los productos realizados con
éstos para consumo personal -argumentó el juez-, están en una situación similar
a quienes utilizan alguno de los otros dispositivos mencionados en las normas
reclamadas y desean importarlo o exportarlo".
"Así
que es concluyente -agrega la sentencia-, que los productos del tabaco,
principalmente, los cigarros, son similares a los previstos en los códigos
arancelarios referidos. Por ende, los consumidores de unos y otros se
encuentran en situaciones comparables, y también quienes los importan y
exportan para satisfacer su consumo personal".
Juan
José Cirión Lee recordó que a la fecha suman más de 300 los amparos promovidos
en contra del decreto presidencial mencionado, bajo el argumento de que es
anticonstitucional, ya que atenta en contra de la libre elección de los
consumidores, pero, sobre todo, porque su argumento es falso y erróneo.
MUERTES
POR SUBSTANCIAS ADULTERADAS
Sobre
este punto, el activista explicó que la inconstitucionalidad del decreto es
clara, pues se basa en información falsa, ya que se sustenta en las muertes que
ocurrieron en la segunda mitad del año pasado en Estados Unidos por el uso de
vaporizadores, sin ahondar en las causas de dichos decesos.
Y
lo anterior, porque las propias autoridades estadounidenses aclararon que los
decesos fueron por el vapeo de sustancias adquiridas en el “mercado negro” y
adulteradas, pues contenían principalmente THC, el cual es un compuesto
psicoactivo de la marihuana junto con un compuesto que se llama Acetato de
Vitamina E.
De
esta manera, el gobierno mexicano omitió la aclaración que hizo el gobierno de
Estados Unidos al señalar que las muertes mencionadas fueron por el uso de
sustancias nocivas y no por la actividad propia del vapeo.
Por
lo anterior, Juan José Cirión Lee afirmó que hay elementos para esperar que
sigan otorgándose un mayor número de amparos en contra del decreto, y así, con
elementos legales, echar abajo la disposición presidencial y avanzar hacia una
regulación específica para la venta y distribución de los vaporizadores.
Al
respecto, el especialista explicó que una eventual Declaratoria General de
Inconstitucionalidad sobre el decreto presidencial se sustentaría en los
artículos 231, 232 y 233 de la Ley de Amparo y se basa en la reiteración de
criterios por Tribunales Colegiados de Circuito o la Suprema Corte de Justicia.
Las
condiciones que se requieren para ello, agregó el activista, es que haya cinco
declaratorias de inconstitucionalidad del decreto por parte de los Tribunales
Colegiados de Circuito y con ello exista la posibilidad de denunciar la
declaratoria general de inconstitucionalidad.
CONTRA
EL TABAQUISMO
Finalmente,
Cirión Lee recordó que buena parte de los amparos han sido solicitados por
personas que buscan dejar el tabaquismo y que se apoyan en los vaporizadores
para lograrlo, en línea con la estrategia adoptada por el gobierno de la Gran
Bretaña que facilita el uso de esos dispositivos electrónicos para aquellas
personas que desean abandonar el consumo del tabaco. Sin embargo, las
prohibiciones que existen en México, lo único que logran, es orillar a que la
persona regrese al hábito del consumo de cigarros convencionales.
Sobre
este punto, recordó que los vaporizadores son un dispositivo de química
distinta al cigarro de tabaco, por la simple razón de que el primero genera
vapor y el segundo humo, derivado de un proceso de combustión que en el primero
no ocurre, de ahí que los cigarros electrónicos tengan un efecto 95 por ciento
menor al que provocan los tradicionales.
México
y el Mundo Vapeando es un grupo de entusiastas del vapeo con la única misión de
defender el derecho a elegir un método de reducción de daños en el país. Sus
colaboradores tienen la firme convicción de una regulación justa para combatir
el terrible hábito del tabaco, teniendo como base la ciencia y el libre derecho
de expresión.
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