LA APROBACIÓN DEL REGISTRO NACIONAL DE CÁNCER
ES UN GRAN AVANCE PARA LOS PACIENTES: ROCHE
*Permitirá tener datos para desarrollar políticas
públicas efectivas y acotadas a la realidad para la prevención y control del
cáncer en población mexicana
El pasado 25 de abril se aprobó por unanimidad en el pleno del
Senado, la iniciativa de ley que crea el Registro Nacional de Cáncer, la cual
fue turnada al Ejecutivo Federal para su publicación inmediata en el Diario
Oficial de la Federación (DOF).
El Registro Nacional de Cáncer con base poblacional es de gran
relevancia ya que tiene el objetivo de recopilar y clasificar todos los casos
nuevos de cáncer de la población mexicana.
Este Registro permitirá tener datos de incidencia, patrones,
tendencias y supervivencia poblacional, así como información determinante del
comportamiento de la enfermedad por región y población.
Al respecto, el doctor Jorge Tanaka, director de acceso a gobierno
y Asuntos Corporativos de Roche México, destacó que “es sumamente importante
contar con un Registro Nacional de Cáncer, pues esto genera información
valiosa, actualizada y veraz para las instituciones y profesionales de la
salud, para que puedan contar con datos que les permitan desarrollar políticas
públicas efectivas y acotadas a la realidad del cáncer en la población
mexicana”.
“celebramos el liderazgo de los legisladores presidentes de la
Comisión de Salud y los legisladores de ambas Cámaras que aprobaron por
unanimidad esta iniciativa, que significa un gran paso en México para contar
por primera vez con un información nacional homologada sobre el cáncer, tercera
causa de muerte en nuestro país[1].
La aprobación de este Registro, representa un gran avance rumbo a la
implementación de una política nacional de control y prevención del cáncer”,
enfatizó.
El proyecto de iniciativa de ley fue presentado desde el 3 de
diciembre de 2015 por la diputada Sylvana Beltrones, secretaria de la Comisión
de Salud, y aprobado por unanimidad en la Cámara de Diputados el 3 de noviembre
de 2016.
Para que el Registro entre en marcha, la Secretaría de Salud debe
definir el reglamento de cómo va a funcionar. Esto lo hará a través de un
reglamento que debe estar publicado en 240 días máximo posterior a su
publicación en el DOF.
“Estamos seguros que este tipo de acciones, tendrán un alto
impacto en beneficio de los pacientes con cáncer en México. Esperamos la pronta
publicación por parte del Ejecutivo Federal”, concluyó el doctor Tanaka.
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