FACILITARA IMSS TRAMITE DE
INCAPACIDAD POR COVID-19
*Aprobado por el Consejo Técnico del IMSS los
trabajadores afiliados podrán solicitar esta prestación
*Es un esfuerzo del Instituto para romper la
cadena de transmisión y mantener la sana distancia
Para
facilitar el trámite de incapacidad a las personas afiliadas al Instituto
Mexicano del Seguro Social (IMSS) que presenten síntomas de la enfermedad
COVID-19, el H. Consejo Técnico del Instituto aprobó hoy la obtención de un
permiso especial por contingencia desde plataformas digitales de acceso remoto.
Durante
la conferencia de prensa sobre el informe diario del COVID-19 en México, el
doctor Mauricio Hernández Ávila, director de Prestaciones Económicas y Sociales
del IMSS, informó que este es un permiso único en la historia del Instituto
para las y los trabajadoras asegurados,
en congruencia con la declaratoria de pandemia hecha por la Organización
Mundial de la Salud (OMS).
Destacó
que la estrategia es un esfuerzo del Instituto por sumarse a las
recomendaciones de la Secretaría de Salud para romper la cadena de transmisión,
evitar la circulación de las personas con síntomas y que permanezcan en casa.
“El
director general, Zoé Robledo, nos ha pedido buscar estrategias para poder
contribuir más a aplanar la curva, que los servicios de salud no se saturen y
podamos dar una atención de calidad”, indicó.
“De
esta manera se mantiene la sana distancia y le ahorra al trabajador la visita
al médico, dirigirse en automóvil o en transporte público por la incapacidad,
entrar en contacto con otras personas, ir al banco a cobrar la prestación y,
finalmente, regresar a casa para permanecer en reposo”, dijo Hernández Avila.
Indicó
que si los trabajadores tienen signos de infección como tos, fiebre y dolor de
cabeza, deben permanecer en casa sin acudir al médico para obtener su
incapacidad, además de que está garantizado el subsidio económico durante los
primeros 14 días, “que es lo que dura el cuadro leve de COVID-19”.
Precisó
que el pago de la incapacidad es de 11 días, debido a que los primeros tres no
se cubren al ser una incapacidad temporal por enfermedad general.
PROCESO
ELECTRONICO
El
doctor Hernández Ávila señaló que para el otorgamiento de la incapacidad el
asegurado con síntomas debe llevar a cabo un proceso electrónico, que consiste
en completar un cuestionario de tamizaje y recibir la respuesta de la
procedencia o no del permiso especial.
“Si
no hay riesgo, se emiten recomendaciones para el cuidado de la salud; si hay
riesgo se valida el cuestionario con evaluación médica, se hace la incapacidad
digital, se notifica al patrón, también le pedimos a la persona que lo
notifique a su empleador, se contacta al asegurado para hacer la verificación
de su cuenta bancaria y realizar el depósito”, explicó.
Adicionalmente,
dijo, se le enviará por mensajería un equipo de protección para que no se
contagien los familiares, que consiste en cubrebrocas, alcohol gel que hace la
función de antiséptico bacteriano y un termómetro, con lo que se previene el
contagio intradomiciliario, además de un instructivo sobre los signos y
síntomas del COVID-19 y cómo cuidar al enfermo en casa.
Solicitó
que los trabajadores actualicen sus datos en las plataformas digitales del IMSS
para el envío del kit y de información.
Subrayó
que la persona con incapacidad debe estar atenta de los síntomas de
agravamiento de esta enfermedad al término de los 14 días: dolor en el pecho,
fiebre alta que no cede, falta de aire y color morado, para recibir atención en
una unidad médica u hospital, lo que posibilita la prórroga de la incapacidad.
“Así,
el IMSS está aportando a la protección del trabajador para que no pierda su
empleo por tener los síntomas y cuente con la compensación económica por
enfermedad. Es una de las intervenciones que estamos impulsando en el
Instituto”, concluyó.
No hay comentarios:
Publicar un comentario