SIN VOLUNTARIOS, LOS
ESTUDIOS CLINICOS NO SERIAN POSIBLES
*Hay marcos éticos y regulatorios que cuidan
los estándares de la investigación y protegen la dignidad y bienestar de los
voluntarios
El
fin último que persigue la investigación clínica es mejorar la salud; por lo
tanto, todos los que participan en los ensayos clínicos son aliados en ese
propósito y deben ser considerados representantes de la causa.
Sin
voluntarios, los estudios clínicos simplemente no serían posibles; por ello, es
responsabilidad de la industria farmacéutica y de los centros de investigación
servir a estas personas de la mejor manera posible, ya que sin su confianza, el
avance tanto de la ciencia clínica como de la práctica médica no existiría.
Lo primero que debes saber
es qué es un estudio o ensayo clínico: Los estudios o ensayos clínicos buscan descubrir
mejores maneras de prevenir, diagnosticar o tratar enfermedades o trastornos, o
cómo tener un mejor entendimiento de las enfermedades.
Las
investigaciones tienen etapas y fases, desde las pruebas no clínicas en
animales y ensayos in vitro, hasta los desarrollos clínicos con voluntarios.
En
los desarrollos clínicos hay un investigador principal que trabaja con
voluntarios para monitorear las reacciones y respuestas que una sustancia tiene
en las personas.
Esa
sustancia se conoce como intervención y puede tratarse de nuevos medicamentos,
nuevas formulaciones o procedimientos o dispositivos médicos. Incluso pueden
ser acciones, como cambios en el estilo de vida; por ejemplo, modificaciones en
la dieta o en la actividad física.
Los
ensayos clínicos son diseñados para ver si la intervención previene, detecta o
mejora un padecimiento o trastorno.
¿Qué es un protocolo de
investigación?
Un
proyecto o protocolo de investigación es un documento que describe el objetivo
de la investigación, los procedimientos a seguirse, el tiempo que durará, las
dosis de los medicamentos, el perfil de las personas que pueden participar, y
las medidas de seguridad frente a eventos adversos.
El
protocolo debe contar con planeación, programación, organización y presupuesto,
y sus fases de trabajo deben estructurarse de manera metodológica y
sistematizada, así como conducirse y supervisarse por un investigador
principal.
Todo
protocolo para el empleo de medicamentos o materiales que aún no tengan
evidencia científica suficiente sobre su eficiencia, o que pretenda la
modificación de las indicaciones terapéuticas de productos ya conocidos, debe
tener autorización de la Secretaría de Salud antes de iniciar su desarrollo.
Para
la autorización de una investigación, la Secretaría de Salud debe corroborar
que en el protocolo prevalezcan los criterios de respeto a la dignidad de las
personas, la protección de sus derechos, principalmente el de la protección de
la salud, así como el bienestar y la conservación de su integridad física.
El
proyecto debe estimar su duración, por lo que es necesario que se anoten las
fechas tentativas de inicio y término, así como el periodo calculado para su
desarrollo.
¿Quién puede participar en
un estudio clínico?
Todos
los ensayos tienen una serie de requisitos sobre quiénes pueden participar.
Estos son conocidos como criterios de inclusión y de exclusión. Los primeros
son los factores que determinan quiénes pueden sumarse, y los segundos indican
quiénes no.
Los
criterios se basan en elementos como edad, sexo, el tipo y la etapa de la
enfermedad, el historial de tratamientos, y otros criterios médicos.
Antes
de poder participar en un ensayo, el voluntario debe revisar si cumple con los
requisitos. Algunos estudios buscan participantes que vivan con la enfermedad o
trastorno a estudiar, unos buscan voluntarios sanos y otros requieren una
combinación de ambos perfiles. Los voluntarios son aliados fundamentales, no
conejillos de indias
La
relación de confianza con los voluntarios es el principio básico de todo
estudio clínico. De ahí que alrededor de la investigación se construya un marco
ético y regulatorio que en todo momento cuida los estándares de la
investigación.
El
primer instrumento internacional sobre ética de la investigación médica fue el
Código de Nuremberg, promulgado en 1947, en donde se establecieron estándares
para la revisión y realización de estudios que involucran a personas.
Otro
es la Declaración de Helsinki (1964), un marco que indica los estándares éticos
para la realización de investigación con sujetos humanos, así como la
definición de protocolos para lo que se conoce como consentimiento informado.
También
está el Informe Belmont (1979) del Departamento de Salud, Educación y Bienestar
de Estados Unidos, que explica los principios éticos a emplear en las
investigaciones: respeto, beneficencia y justicia.
Además,
existen guías éticas internacionales para investigación biomédica, así como
guías para las buenas prácticas clínicas.
MARCO ETICO Y REGULATORIO EN MEXICO
Los
estudios clínicos deben ser aprobados por la Comisión Federal para la
Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris).
Además,
la Ley General de Salud obliga a cualquier entidad pública o privada que
realice investigación con personas a contar con un Comité de Ética en
Investigación, que es un órgano colegiado autónomo que evalúa y dictamina
protocolos de investigación en seres humanos.
En
el país la participación de los voluntarios en los ensayos clínicos está
regulada en:
• El artículo 100 de la Ley General de Salud,
donde se establece que las investigaciones en seres humanos se deben
desarrollar conforme a los principios científicos y éticos que justifican la
indagatoria médica.
• El título sexto del Reglamento de la Ley
General de Salud en Materia de Investigación para la Salud (RLGSMIS), donde se
establecen los criterios para la realización de investigaciones en
instituciones de atención a la salud.
• La NOM-220-SSA1-2002 que establece los
lineamientos sobre los cuales se deben realizar las actividades de la
farmacovigilancia.
• La NOM-168-SSA1-1998, donde se establecen
los criterios científicos, tecnológicos y administrativos obligatorios en la
elaboración, integración, uso y archivo de los expedientes clínicos.
• La NOM-004-SSA3-2012, que indica los
criterios científicos, éticos, tecnológicos y administrativos obligatorios en
la elaboración, integración, uso, manejo, archivo, conservación, propiedad,
titularidad y confidencialidad del expediente clínico.
• El Reglamento de la Comisión Federal para la
Protección contra Riesgos Sanitarios, cuyo artículo 14, fracción VIII, indica
que le corresponde a la Comisión de Autorización Sanitaria del regulador
expedir, prorrogar o revocar la autorización de proyectos para el empleo de
medicamentos, materiales, aparatos, procedimientos o actividades experimentales
en seres humanos con fines de investigación científica, respecto de los cuales
no se tenga evidencia científica suficiente para probar su eficacia preventiva,
terapéutica o rehabilitatoria.
• La guía de Buena Práctica Clínica, que es
una norma internacional de calidad ética y científica aplicable al diseño,
realización, registro y comunicación de los ensayos clínicos donde participan
seres humanos.
• La Guía Nacional para la Integración y el
Funcionamiento de los Comités de Ética en Investigación, que promueve la
protección de la integridad y los derechos humanos de los voluntarios.
• En este artículo de 2016 publicado en Acta
Pediátrica de México, revista de divulgación científica del Instituto Nacional
de Pediatría, puedes encontrar más información sobre la normatividad.
¿Qué es un formulario de
consentimiento?
El
voluntario debe leer y firmar un acuerdo redactado de forma clara y sencilla,
donde accede a participar en la investigación, con pleno conocimiento de la
naturaleza de los procedimientos y riesgos que involucra la investigación y sin
coacción.
Ese
formulario debe ser aprobado por el Comité de Comité de Ética en Investigación
de la institución, y el participante puede abandonar el estudio en cualquier
momento.
El
RLGSMIS establece 12 requisitos obligatorios que deben tener los
consentimientos, entre ellos están:
• Informar de las molestias o riesgos
previstos, así como beneficios esperados
• Garantizar que el voluntario recibirá
respuestas a cualquier pregunta o duda sobre la investigación
• Seguridad de que no se le identificará y se
mantendrá la confidencialidad de la información relacionada con su privacidad.
• Disponibilidad de tratamiento médico e
indemnización a que legalmente tendría derecho en caso de daños directamente
causados por el ensayo.
• La libertad de retirar su consentimiento en
cualquier momento y dejar de participar en el estudio, sin que por ello se
creen prejuicios para continuar su cuidado y tratamiento
El
investigador principal debe asegurar que el voluntario no se expondrá a riesgos
o daños innecesarios, proteger su dignidad, integridad, derecho y privacidad, y
realizar el ensayo únicamente por profesionales de la salud en instituciones
médicas autorizadas y vigiladas.
El
establecimiento donde se hará el ensayo debe contar con infraestructura y
capacidad suficiente para dar atención médica adecuada o en su caso, a través
de terceros, frente la presencia de efectos adversos.
NOTIFICACION A LA COFEPRIS
El
investigador también debe notificar a la Cofepris cómo va el reclutamiento de
los voluntarios, y reportar cualquier evento adverso derivado de la
investigación.
Además,
tiene impedido hacer desviaciones o cambios al protocolo sin previo acuerdo del
patrocinador de la investigación, y de una revisión y aprobación favorable del
Comité de Ética en Investigación, a menos que haya un peligro inmediato para
los voluntarios.
¿Cómo se participa?
Entidades
de salud autorizadas para realizar los ensayos, como el Instituto Nacional de
Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán (INCMNSZ), lanzan las
convocatorias para participar como
Disponibilidad
de tratamiento médico e indemnización a que legalmente tendría derecho en caso
de daños directamente causados por el ensayo.
Los
interesados deben contestar un cuestionario para que la entidad convocante
decida si son potenciales candidatos. La información proporcionada es
confidencial y solo la conocen los investigadores del protocolo.
Si
pasan el primer filtro, las personas son citadas para una valoración. Si son aptas se les explica en qué consiste
el ensayo y se les da a firmar el consentimiento informado.
“Nunca
había tenido la oportunidad de ser voluntaria en algo. Me dije que esta era mi
oportunidad y si podía aportar algo de información para estos laboratorios que
ayuden a curar esta maldita enfermedad pues adelante”, dijo Cristina, habitante
de la Ciudad de México, quien participó en los ensayos de CanSino Biologics.
Ella
acudió la primera semana de enero al Centro de Investigación Clínica del
Pacífico, ubicado en Acapulco, Guerrero, para unas pruebas que le tomaron unas
tres horas.
“Nos
hicieron preguntas a nivel físico y familiar, nos tomaron muestras de sangre,
muestras de orina a las mujeres para ver si no estábamos embarazadas. Nos
dijeron que si teníamos previsto tener hijos este año era mejor no entrar al
protocolo”, expresó.
Cristina,
quien recibió apoyo económico para desplazarse a Acapulco, solo tuvo reacciones
leves, como irritación e hinchazón, y recibió una tarjeta con datos de contacto
en caso de que se sintiera mal. El monitoreo vía telefónica y apoyo médico es
hasta por un año, mientras no renuncie al protocolo.
El
Centro de Investigación Clínica del Pacífico le indicó que puede regresar al
sitio si requiere atención médica.
“Firmamos
un acuerdo de consentimiento. Se nos dio una plática a unas 12 personas sobre
el nuevo coronavirus, el proceso de las pruebas, las posibles reacciones y el
apoyo médico que recibiríamos. Nos dieron toda la información”, refirió.
Los
voluntarios en ensayos clínicos son fundamentales para el desarrollo de
medicamentos y terapias que buscan atender de una forma más eficaz
padecimientos, de ahí la importancia de contar con su participación y con
marcos legales y éticos que garanticen su bienestar.
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