ENGAÑA CANIRAC A AFILIADOS
Y A LA OPINION PUBLICA
*Su amparo en contra de la Ley General para
el Control del Tabaco carece de interés legítimo
El
equipo legal de Salud Justa Mx, conformado por Claudia Moreno, Darina García y
Maximiliano Cárdenas hicieron un posicionamiento respecto a las recientes
declaraciones de la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos
Condimentados (CANIRAC) publicadas el 17 de julio, en donde se afirma que
obtuvieron la suspensión definitiva en contra del decreto al Reglamento de la
LGCT y que los restaurantes afiliados a la CANIRAC podrán suspender la
aplicación al reglamento.
Quienes
integran el equipo legal mencionaron que esta aseveración es un engaño a sus
afiliados y a la opinión pública ya que un juez determinó que el amparo en
contra de la ley carece de interés jurídico y legítimo.
El
16 de diciembre de 2022 se publicaron en el DOF las modificaciones al
Reglamento de la Ley General para el Control de Tabaco (LGCT) mismas que
entraron en vigor el 15 de enero de 2023 contempla espacios 100% libres de humo
de tabaco y emisiones y la prohibición total de la publicidad, promoción y
patrocinio. A partir de esta publicación algunas empresas se han amparado en
contra del Reglamento a la LGCT.
Al
respecto Claudia Moreno, abogada en Salud Justa Mx dijo: “Salud Justa Mx está
llevando a cabo un seguimiento muy puntual de los amparos. Del monitoreo
realizado por Salud Justa Mx, se observa que tan sólo en la Ciudad de México,
Nuevo León, Coahuila, Querétaro, Quintana Roo, Morelos, Guanajuato, Puebla y
Estado de México, se presentaron 1,773 amparos en contra del reglamento. Es
importante destacar que la disparidad de criterios al momento de dictar
sentencias definitivas ha sido una constante en los Jueces de Distrito”.
“Cabe
destacar que las sentencias dictadas por los Juzgados de Distrito aún no son
definitivas, pueden ser revisadas en segunda instancia por un Tribunal
Colegiado, siempre y cuando alguna de las partes dentro del juicio de amparo
así lo decida y promueva recurso de revisión, para lo cual cuentan con diez
días hábiles posteriores a su notificación; de acuerdo con nuestro
observatorio, ningún amparo ha quedado firme”, añadió Moreno.
Maximiliano
Cárdenas, coordinador jurídico de Salud Justa Mx sostuvo: “En el amparo
promovido por CANIRAC el Juzgado Décimo Cuarto de Distrito en materia
administrativa en la CDMX, Víctor Octavio Luna Escobedo, dictó sentencia
definitiva el 26 de mayo del 2023, en la que se determinó sobreseer el juicio
de amparo por considerar que la CANIRAC carece de interés jurídico y legítimo
para acudir al amparo”.
“CANIRAC
presume la suspensión definitiva en un juicio de amparo. No obstante, como ya
se mencionó, un mes antes el juzgado ya había dictado sentencia señalando que
CANIRAC no tiene cabida dentro del juicio por su falta de interés legítimo en
el asunto”, puntualizó Cárdenas.
Sobre
el boletín liberado por CANIRAC el pasado 17 de julio, Darina García Toledo,
integrante del equipo legal de Salud Justa Mx, sostuvo: “CANIRAC incita a los
afiliados a sumarse completando un formulario y pagando una cuota, se indica
que posteriormente quienes se inscriban recibirán un correo con los documentos
que harán extensivo el amparo a tu establecimiento. ¿De qué amparo se habla?
Este tipo de declaraciones son imprecisas y pueden llevar a caer en el error
porque en la sentencia definitiva el juez Víctor Octavio Luna ya resolvió que
CANIRAC no puede ser parte dentro del juicio porque carece de interés jurídico
y legítimo.
“Desde
Salud Justa Mx hacemos un llamado a las personas que deben velar por la
justicia a utilizar los instrumentos que ya existen y privilegiar el derecho a
la salud en sus resoluciones. Tomó mucho tiempo construir y lograr la
aprobación de una regulación justa que pone límites a una industria que cobra
por enfermar a las personas, ¿Qué vale más su bienestar económico (que no es
expansivo) o nuestro derecho a la salud?”, finalizó Darina García.
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