martes, 19 de marzo de 2024

 

LA SCJN APUNTALA Y DEFIENDE LA LEY GENERAL

PARA EL CONTROL DEL TABACO Y SU REGLAMENTO

 


*La tienda de conveniencia Super Q ya no podrá exhibir cigarros

 

 

Representantes de la sociedad civil coincidieron en expresar su reconocimiento sin cortapisas a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que ha resuelto a favor de la salud ante la presentación de amparos por parte de las empresas tabacaleras y sus aliados.

Claudia Moreno Torres, abogada en Salud Justa Mx declaró “Hemos monitoreado más de 1700 amparos presentados en contra del Reglamento de la Ley General de Control del Tabaco, pero hemos observado que más de la mitad ni siquiera fueron admitidos. Aproximadamente 9 de cada 10 casos han sido resueltos en primera instancia en contra de los quejosos”.

“Sobre el amparo presentado por Play City Casino en contra de los ambientes libres de humo de tabaco, el 13 de marzo, destacó el proyecto de la Ministra Lenia Batres, aprobado por la Segunda Sala de la SCJN, en dicho proyecto determinó NO AMPARAR NI PROTEGER al casino; sin duda la decisión tomada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la que determina que la Ley General para el Control del Tabaco no transgrede los principios de libertad de comercio, igualdad, no discriminación y progresividad, por lo que es un gran precedente para el gran número de amparos que están pendientes de resolverse en los tribunales colegiados; amparos  en los que la industria de manera sistemática argumenta un presunto daño económico pasando por alto los beneficios que estas medidas generan en la salud de todos los mexicanos, específicamente el sector de niños, niñas, adolescentes y trabajadores de restaurantes”, añadió Moreno Torres.

Maximiliano Cárdenas, coordinador jurídico de Salud Justa Mx señaló “La resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es muy relevante pues determina la validez de las reformas a la Ley General de Control del Tabaco sobre la ubicación de los espacios exclusivos para fumar únicamente al aire libre”.

“Del monitoreo realizado por Salud Justa se desprenden otras resoluciones relevantes que determinan la validez de las modificaciones en materia de control de tabaco, como sucedió en el caso de Super Q donde la Corte confirmó que dicha cadena no cuenta con la protección de la Justicia de la Unión, por lo tanto, ya no podrán exhibir cigarros en sus tiendas”.

Señalaron que están a la espera de las sentencias en casos de OXXO y de 7 Eleven para buscar que en la instancia correspondiente dichos juicios puedan ser analizados por la Suprema Corte de la Nación.

Por su parte, Juan Núñez Guadarrama coordinador de la Coalición México SaluHable dijo “esperamos que la decisión de la SCJN hecha pública el 13 de marzo marque un sano precedente y demuestre que la justicia no está a disposición del mejor postor, sino que antepone la importancia del ejercicio del derecho a la salud, por encima de los intereses de la industria tabacalera y sus aliados criollos que intentan desacatar el Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco. No olvidemos que aplicar la protección del Reglamento sobre tabaco protege a los trabajadores de la industria turística, especialmente de la hotelería y los bares y restaurantes, pues el Artículo 473 de la Ley Federal del Trabajo establece que las condiciones laborales deben e vitar ambientes tóxicos, como los que se originan con el humo de tabaco y las emisiones de dispositivos que liberan nicotina.

 

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario