PLATAFORMAS ELECTRONICAS DE
IMSS PARA
REDUCIR TRASLADOS Y EVITAR
CONTAGIOS
*A través de la página
http://www.imss.gob.mx/covid-19/permiso, o la app IMSS Digital, el paciente
podrá tramitar su permiso COVID
Para
reducir la movilidad y prevenir riesgos de contagios por COVID-19, el Instituto
Mexicano del Seguro Social (IMSS) puso en funcionamiento desde marzo de 2020
plataformas electrónicas para tramitar en línea el Permiso COVID-19, el cual es
homologable a una incapacidad temporal para el trabajo.
Este
permiso permite al trabajador protegerse ante el patrón por ausentarse de sus
labores durante un periodo determinado y recibir un subsidio cuando cumpla con
los requisitos establecidos en la Ley del Seguro Social.
La
solicitud del Permiso COVID-19 se realiza en la página web del Instituto
http://www.imss.gob.mx/covid-19/permiso, o bien por medio de la app IMSS
Digital, seleccionando el cuestionario Permiso COVID-19, ahora con la
posibilidad de tramitarlo con una prueba positiva de un laboratorio externo al
IMSS.
El
mecanismo para obtener esta nueva versión de permiso por 10 días entró en vigor
en enero de este año y consta en adjuntar la prueba positiva de COVID de un
laboratorio externo al IMSS, para validar esto, un grupo de médicos del
Instituto revisarán la autenticidad de esta prueba, así como la vigencia de la
misma.
También
deberá adjuntarse una identificación oficial por los dos lados y estado de
cuenta con CLABE interbancaria no mayor a tres meses a donde se desea el
depósito por parte del IMSS del subsidio que le corresponda, cuando el
asegurado cuente con el derecho a recibirlo.
En
caso de que no se cuente con una prueba positiva de un laboratorio externo, el
paciente deberá resolver un cuestionario de tamizaje y se le expedirá un
certificado por incapacidad de un día, esto para que acuda a un Módulo de
Atención Respiratoria del IMSS para hacerse una prueba.
Dependiendo
del resultado de la prueba aplicada en el Módulo de Atención Respiratoria, se
expide en ese momento el Permiso COVID-19 para acumular el resto de los días
hasta llegar a los 10.
En
caso de que el paciente esté grave, intubado o reincidente ante la enfermedad
del SARS-CoV-2, el médico tratante será el encargado de expedir la incapacidad
correspondiente, ya que él determinará la duración de la misma, y en caso de
ser necesario, otorgar las incapacidades subsecuentes.
No hay comentarios:
Publicar un comentario